El Consejo de Ministros aprobó el pasado 4 de noviembre el Real Decreto 1022/2025 de concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a 171 descendientes de las Brigadas Internacionales, los voluntarios foráneos que lucharon del bando de la Segunda República en la Guerra Civil de 1936.
A su vez, esta medida había sido anticipada poco antes por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la clausura del acto por el ‘Día de Recuerdo y Homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la Guerra y la Dictadura’, celebrado en el madrileño Auditorio Nacional de Música. «Para la España libre y democrática que somos, será un honor poder llamarles compatriotas», afirmó el jefe del Ejecutivo.
De este modo, el Gobierno ha rubricado un peldaño más en el complejo y progresivo itinerario de nacionalizaciones relacionadas con las Brigadas Internacionales que se remonta a los años noventa y que cuenta con varios hitos normativos, siempre impulsados por gobiernos socialistas.
Este análisis se limitará a trazar el itinerario legal de la cuestión y a compararlo con otras nacionalidades reparativas, concluyendo en el singular caso de Puerto Rico. En tal sentido, no entraremos a valorar su trasfondo sociopolítico ni su posicionamiento historiográfico. Tan sólo apuntamos, a fin de contextualizar, que estas normas están informadas por el criterio de que las Brigadas Internacionales habrían combatido por la democracia española frente al totalitarismo fascista. Dejamos que cada cual llegue a sus propias conclusiones y proseguimos con lo estrictamente jurídico.
El camino de la nacionalización de los voluntarios internacionales arrancó con el último gabinete de Felipe González. Así, a través del Real Decreto 39/1996, se abrió la puerta a la naturalización de los brigadistas, no de sus descendientes, durante un plazo limitado de tres años.
Para ello, se utilizó de manera un tanto impropia la vía de la carta de naturaleza, recogida en el artículo 21.1 del Código Civil, que contempla concesiones de nacionalidad a discreción del gobierno ante la concurrencia de “circunstancias excepcionales”. De tal modo, la figura de la carta, en principio prevista para casos individuales y extraordinarios, se objetivó, pues el Decreto fijó como circunstancias habilitantes, durante el plazo mencionado, el hecho de haber participado como brigadista en la Guerra Civil.
Con todo, en la práctica la puerta era realmente estrecha. Para entonces habían pasado 58 años desde la retirada de los brigadistas (1938), con lo que los potenciales beneficiados estaban en la vejez avanzada o ya finados. Además, para acceder a la nacionalidad tendrían que renunciar a su ciudadanía de origen, excepto los oriundos de países iberoamericanos o sefardíes. En este sentido, la amplia mayoría de los brigadistas provinieron de otros países europeos o de los Estados Unidos, jurisdicciones a las que no alcanza la doble nacionalidad española, salvo excepciones.
Esta importante limitación se eliminó en tiempos de José Luis Rodríguez Zapatero con la Ley 52/2007, popularmente conocida como de memoria histórica. Así, en su artículo 18, la norma eximió a los brigadistas de la exigencia de renunciar a su anterior ciudadanía. Además, el Real Decreto 1792/2008 estatuyó un procedimiento ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, sin límite de plazo para ejercitar el derecho. Con todo, en aquel tiempo habían transcurrido siete décadas y apenas quedaban potenciales destinatarios con vida.
Esta impracticabilidad se salvó con la Ley de Memoria Democrática de 2022, impulsada también bajo presidencia socialista, en este caso de Pedro Sánchez. Así, la nueva norma dispuso en su artículo 33 que podrían optar a la nacionalidad “los descendientes de los brigadistas que acrediten una labor continuada de difusión de la memoria de sus ascendientes y la defensa de la democracia en España”, un concepto indeterminado difícil de baremar.
Con todo, el Real Decreto 1022/2025 aprobado hace unos días obvia estos requisitos subjetivos y concede la nacionalidad a 171 personas por la mera filiación con los voluntarios de las Brigadas Internacionales –54 hijos y 117 nietos-.
En este punto, merece la pena detenerse en la comparación del itinerario de los brigadistas con otros procesos similares. En términos generales, el caso de las Brigadas puede encuadrarse dentro de las nacionalidades reparativas, en donde se concede la ciudadanía mediante métodos extraordinarios para resarcir alguna suerte de injusticia histórica. Así, España ha aprobado diversas normas de tal naturaleza para subsanar distintas heridas de memoria, como la expulsión de los sefardíes en 1492 o el exilio de cientos de miles de españoles a consecuencia de la Guerra Civil y la dictadura franquista.
Sin embargo, el expediente de las Brigadas presenta ciertas singularidades. De tal modo, en los otros escenarios mencionados la naturalización reparativa es, a la vez, reintegrativa: se concede la nacionalidad a aquellas personas o estirpes familiares que la perdieron a consecuencia de un hecho histórico tenido por injusto. Por el contrario, la brigadista no es reintegrativa, ya que tales combatientes no eran españoles; sino que, al carácter reparativo por haber sufrido los rigores de la guerra, se suma en esta ocasión un ánimo de gratitud y, acaso, premial.
Por otro lado, la utilización, en principio chocante, de la carta de naturaleza para nacionalizaciones múltiples forma parte de un trasunto de dicha figura jurídica verificado en otros supuestos. Con claridad en los sefardíes, cuyas tradicionales solicitudes de nacionalización por carta se multiplicaron desde principios del presente siglo. Las peticiones acabaron siendo tramitadas por paquetes hasta el punto de que el sistema se desbordó durante los gabinetes de Rodríguez Zapatero. Esta situación abocó a que se reordenase la reintegración hispanojudía y propició la Ley 12/2015 de concesión de la nacionalidad a los sefarditas, ya con Mariano Rajoy en la Moncloa.
Igualmente, la carta de naturaleza quedó objetivada en la Ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. Concretamente, en el artículo 41 que considera la condición de víctima como circunstancia excepcional a los efectos de la adquisición de la nacionalidad española por carta.
En última instancia, la nacionalización de 171 descendientes de las Brigadas Internacionales vuelve a evidenciar que España es un país especialmente aperturista en cuanto a la nacionalidad reparativa. Y ello, sin empecer la valoración política y de memoria familiar que de la Guerra Civil tenga cada cual.
Así, tras los brigadistas asoman en el horizonte del legislativo español dos singulares heridas de nuestra historia: Sahara Occidental y Puerto Rico. Para los primeros, el pasado febrero el Congreso de los Diputados aprobó por amplia mayoría comenzar a tramitar una ley de nacionalidad restaurativa destinada a los saharauis nacidos bajo administración española -recordemos que tuvieron DNI hasta 1976-.
En cuanto a los boricuas, en octubre de 2024 tuve ocasión de defender una propuesta de ley de nacionalidad española reparativa y de reintegración jurídica voluntaria, en régimen de doble ciudadanía, para los descendientes de puertorriqueños desnaturalizados por el Tratado de París de 1898. Todo ello, teniendo presente que el borinqueño fue el único pueblo hispanoamericano que se separó de la soberanía española sin que hubiera antecedido una guerra de independencia, sino por meras causas exógenas: la invasión militar y las imposiciones de Estados Unidos. Además, los boricuas han luchado exitosamente por preservar la lengua y la cultura hispánicas frente a un decidido proceso de transculturización anglonorteamericana y el olvido de la propia España. La idea fue lanzada en un encuentro internacional realizado en Madrid por las universidades Rey Juan Carlos y Carlos III.
El planteamiento generó un fuerte interés y un prolongado impacto en medios y redes sociales. Tanto es así, que a mediados del pasado octubre se celebró el I Congreso Puerto Rico y España: de la Ley de Sefardíes a la propuesta de nacionalidad reparativa, que reunió en la isla a cerca de 70 expertos de diversos países. El evento fue organizado por el Departamento de Humanidades de la Universidad de Puerto Rico en Bayamón, bajo la coordinación de la catedrática en Historia, Nieve de los Ángeles Vázquez.
En este momento, culminada la fase académica, la causa de la ciudadanía reintegrativa borinqueña ha adquirido la condición de reclamo social. De tal suerte, el 24 de octubre el Círculo de Amistad Canaria de Puerto Rico, a propuesta de su presidente, Wigberto Rivera Casañas, aprobó por unanimidad su adhesión a la propuesta apelando a las autoridades y sociedad civil canarias para que promuevan su consecución ante las Cortes Generales.
Así, el reciente Real Decreto para las Brigadas Internacionales -sin perjuicio de las diversas y contrapuestas opiniones sobre la Guerra Civil-, revalida la apertura de España hacia la nacionalidad reparativa y anima a observar con atención otras heridas de memoria. Muy especialmente, Puerto Rico.
Rafael Maldonado de Guevara


