En 2022, en el manifiesto del Foro Cívico Ibérico se defendió la necesidad de “un organismo de seguimiento de las políticas de cooperación”. En ese sentido, se instó “a la creación de un organismo bilateral, de dedicación exclusiva y carácter permanente, cuyas funciones y estructura estarían ligadas al desarrollo de las potencialidades del Tratado de Amistad y Cooperación recientemente renovado en 2021”. Según el Foro, este Consejo Ibérico “puede y debe dar un impulso a la Estrategia Común de Desarrollo Transfronterizo, el cual debería disponer de los mecanismos financieros y de la capacidad de decisión suficientes para ejecutar sus políticas”.
El Título II del nuevo Tratado de Amistad de España y Portugal definió los instrumentos de cooperación política y las estructuras de consulta y cooperación que vertebran las relaciones bilaterales. Por primera vez se recoge en un convenio internacional la celebración de cumbres bilaterales anuales presididas por los jefes de Gobierno, así como el establecimiento de una instancia política de seguimiento de los compromisos asumidos en las cumbres. Los secretarios de Estado para Europa, de España y Portugal, encabezan el Mecanismo de Seguimiento del cumplimiento de las Cumbres Ibéricas. Es importante recordar que dicho mecanismo fue una reivindicación del Foro Cívico Ibérico y supone una reunión adicional a la tradicional reunión previa a la Cumbre.
Dicha Instancia Política de Seguimiento debería tener una sede, un logo, un equipo de funcionarios comunes y un nombre más institucional como -por ejemplo- Consejo Ibérico. Sería algo así como una macro-eurorregión o una Secretaría General Iberoamericana -a nivel peninsular e insular ibérica-, con un posible domicilio en ambas capitales y en la Raya, donde convivan funcionarios de ambos países y haya una relación directa con la sociedad civil ibérica. Es decir, una institución permanente de cooperación -con luz y taquígrafos- que rinda cuentas periódicamente a los medios de comunicación, a los partidos políticos y a los ciudadanos.
La idea del Consejo no es nueva y ha tenido diferentes variantes, bajo distintos tipos de propuestas y nombres, a saber: el Iberolux del alcalde de Oporto, Rui Moreira; la propuesta de Pablo Castro de dos Ministerios de Cooperación Ibérica, uno en Portugal y otro en España; el profesor Luis Fernando de la Macorra ha planteado la creación de un Consejo Ibérico, formado por España, Portugal y Andorra, como escalafón intermedio entre la Unión Europea y los tres países. Esto permitiría “una mayor coordinación y armonización del propio territorio, así como la creación de un espacio económico mucho amplio”.
El Partido Ibérico Iber y el Movimento Partido Ibérico propusieron en 2018 “la creación de un Consejo de Cultura Ibérica, constituido por una comisión con representación paritaria de los Ministerios de Cultura de ambos Estados, el Instituto Camões, el Instituto Cervantes, las Comunidades Autónomas españolas, las regiones portuguesas y los municipios rayanos”. En 2024, Sociedad Iberista ha presentado su propuesta de Consejo Ibérico:
Dicho organismo estaría adscrito a los Ministerios de Estado y de Negocios Extranjeros y de Exteriores de los gobiernos de Portugal y España y debería estar compuesto por las principales organizaciones iberistas, inscritas legalmente en ambos países y más representativas. Con la misión de dar contenido a las funciones de este organismo se propone, además de ser considerado como órgano asesor, las siguientes competencias:
a) Realizar un seguimiento de las relaciones bilaterales entre Portugal y España, valorando su incidencia socioeconómica, ambiental o cultural de las políticas públicas. b) Conocer, antes de su publicación, en un informe anual sobre el estado de los proyectos puesto en marcha de forma conjunta por ambos gobiernos. c) Posibilidad de presentar propuestas, con carácter previo a las cumbres bilaterales, al objeto de que sean estudiadas por los Poderes Públicos e incluidas en el orden del día. d) Proponer a las Administraciones públicas las medidas que se estimen oportunas para mejorar las relaciones bilaterales o transfronterizas entre Portugal y España. e) Elaborar un informe anual sobre el porcentaje de cumplimiento de las propuestas ejecutadas por los Poderes Públicos. f) Impulsar el diálogo, participación y colaboración de todas las Administraciones, instituciones y agentes sociales y económicos implicados en las relaciones ibéricas, propiciando el intercambio de información entre todos los integrantes del Consejo, de los temas que sean objeto de debate. g) Participar, a través de una representación, en las reuniones de la CPLP o en las Cumbres de la SEGIB.
Consideramos que la presidencia debería de estar en manos de una de las secretarías de Estado que conforman el organigrama del Ministerio de Exteriores español o el Ministerio de Negocios Extranjeros portugués. Que la presidencia recaiga en uno u otro país, debería responder a principios de reciprocidad e igualdad entre ambas naciones. Y en todo caso, por períodos alternos cada dos años. La Vicepresidencia del mismo deberá recaer siempre en un país distinto al que presida el Consejo asesor propuesto. En cuanto a los vocales que compongan este órgano consultivo, consideramos que debe estar formado por los siguientes titulares:
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- 4 vocales en representación de la organización iberista, de carácter sociocultural, más importante.
- 2 vocales en representación de las organizaciones empresariales más representativas. Un vocal por país.
- 2 vocales representación de las organizaciones sindicales más representativas. Un vocal por país.
- 1 vocal en representación de cada uno de las eurociudades existentes.
- 1 vocal para cada uno de los sindicatos o asociaciones policiales más representativas. Un vocal por sindicato o asociación, hasta un máximo de cuatro, que deberán pertenecer a cada uno de los cuerpos policiales (Guardia Civil, GNR, CNP y PSP)
- 1 vocal para cada una de las asociaciones judiciales más representativas. Un vocal por país, hasta un máximo de dos representantes.
- 1 vocal en representación de las embajadas de Portugal en España y viceversa.
El Consejo establecerá su propio órgano de funcionamiento en base a los acuerdos que adopte. La secretaría administrativa será ejercida por dos funcionarios de los ministerios implicados. Las reuniones se realizarán con carácter periódico y ordinario, en períodos de seis meses. Con carácter extraordinario se realizará una reunión antes de cada cumbre bilateral o siempre que la presidencia lo estime pertinente. Los gastos generados por estas convocatorias serán a cargo de los presupuestos que tenga dotado el órgano consultivo, dentro de los recursos personales y materiales de los ministerios implicados.
Si nos vamos más atrás en el tiempo, encontramos cierta jurisprudencia o ejemplos. El anterior Tratado de Amistad y Cooperación, firmado en 1977, estableció el Consejo para la Cooperación Hispano-portuguesa, origen de lo que después serían las Cumbres Hispano-portuguesas. El artículo IX del Tratado de 1977 afirmaba: “1. Para supervisar la aplicación del Tratado de Amistad y Cooperación, las Partes Contratantes deciden crear un Consejo para la Cooperación Hispano-Portuguesa, a través del cual serán examinadas las cuestiones de interés común o de carácter internacional general y se estudiarán las medidas oportunas para promover una cooperación más eficaz entre los dos países, medidas que serán sometidas a la apreciación de los respectivos Gobiernos. El Consejo supervisará y coordinará, también, los trabajos de las Comisiones mixtas existentes al amparo de los Acuerdos vigentes entre ambas Partes. 2. El Consejo para la Cooperación Hispano-Portuguesa será presidido por el Ministro de Asuntos Exteriores de España y por el Ministro de Negocios Extranjeros de Portugal. Cada Presidente designará un Presidente adjunto, que lo sustituirá en su ausencia, así como a los restantes miembros que formarán parte del Consejo. 3. El Consejo para la Cooperación Hispano-Portuguesa se reunirá alternativamente en Madrid y Lisboa, una vez por año o siempre que sea juzgado oportuno”.
El Tratado de Valencia de 2002 creó una Comisión Hispano-Portuguesa para la Cooperación Transfronteriza, además de contemplar otros organismos de cooperación. Hay que decir que según las disposiciones finales del nuevo Tratado de Amistad de Trujillo, en vigor desde 2023, este no afecta “a la vigencia de los convenios bilaterales concluidos anteriormente entre las Partes, tales como el Tratado de Amistad y Cooperación entre Portugal y España, hecho en Madrid el 22 de noviembre de 1977, el Convenio de Valencia sobre cooperación transfronteriza entre instancias y entidades territoriales, firmado en Valencia el 3 de octubre de 2002, o el Convenio de Albufeira sobre cooperación para la protección y aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas y el Protocolo Adicional, firmados en Albufeira el 30 de noviembre de 1998”.
En 1984, durante el Primer Simposio de Escritores ibéricos, se propuso la creación de un Consejo Ibérico para Literatura. Asimismo, en mi blog personal, sugerí en 2019 un Consejo Ibérico para la Cooperación Reforzada, asumiendo las funciones de la Comisión Hispano Portuguesa para la Cooperación Transfronteriza y volviendo al espíritu de 1977. Por otro lado, desde sectores nacionalistas de las nacionalidades históricas españolas se ha visto, en ocasiones, con buenos ojos la fórmula del Consejo Ibérico para las relaciones interregionales ibéricas, una perspectiva que tiene sentido, para el movimiento iberista actual y para sectores federales, en el ámbito cultural o económico. La nueva Generalitat de Salvador Illa, junto con las Comunidades Autónomas rayanas y Portugal, podría encabezar esta iniciativa.
Por último, un Consejo Político Ibérico, como máxima expresión de la mencionada Instancia Política de Seguimiento, en virtud de un desarrollo del Tratado de Amistad, tendrá que ser necesariamente bilateral, entre ambos Estados. Desde EL TRAPEZIO solicitamos su creación en la próxima Cumbre Ibérica.
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